La violencia obstétrica es, entonces, una práctica que atenta contra los derechos humanos de las mujeres y que puede ocurrir tanto en el ámbito público como en el privado
ALEJANDRA LÓPEZ TAPIA
La violencia obstétrica es un tipo de violencia de género contra las mujeres que transgrede sus derechos humanos y reproductivos, incluidos los derechos a la igualdad, a la no discriminación, a la información, a la integridad, a la salud y a la autonomía reproductiva.
Es importante distinguir la violencia obstétrica de la negligencia médica, pues, aunque en ambos casos se incumplen las normas técnicas, los parámetros y los estándares mínimos que regulan la profesión médica, se trata de fenómenos distintos. Por tanto, sus consecuencias y las responsabilidades derivadas de la mala praxis médica también son diferentes. Reducir la violencia obstétrica a una negligencia médica sería un error que impediría comprender su dimensión y contribuir a garantizar el derecho a un parto humanizado. La negligencia médica puede ocurrir en cualquier procedimiento médico y afectar tanto a hombres como a mujeres; en cambio, en la violencia obstétrica la agraviada es la mujer embarazada, por lo que solo puede ocurrir durante el embarazo, el parto y el puerperio. Por ello, constituye la antítesis del derecho a un parto humanizado.
La violencia obstétrica es, entonces, una práctica que atenta contra los derechos humanos de las mujeres y que puede ocurrir tanto en el ámbito público como en el privado, en la medida en que vulnera la dignidad de la mujer y de la persona recién nacida. La violencia obstétrica puede ser física o psicológica.
La violencia obstétrica física se configura cuando se realizan prácticas invasivas o se suministra medicación que no están justificadas por el estado de salud de la mujer. Sus principales manifestaciones en México son la falta de atención institucional oportuna, la cesárea innecesaria, la esterilización forzada, la episiotomía y la mortalidad materna.
La violencia obstétrica psicológica implica un trato deshumanizado cuando la mujer requiere atención o durante el transcurso de una práctica obstétrica. Esto incluye una amplia variedad de manifestaciones, que pueden ir desde una mala experiencia en el momento hasta una secuela emocional de por vida.
Ambos tipos de violencia no son excluyentes, ya que un daño físico también puede tener secuelas psicológicas. Por ejemplo, puede ocurrir en mujeres cuya estabilidad emocional se ve afectada por la realización de una esterilización forzada que ya no les permite tener las hijas o los hijos que desean.
En México no existe una definición de violencia obstétrica en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; únicamente se encuentra definida en veintinueve leyes locales en materia de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
En el ámbito penal, la violencia obstétrica se tipifica como delito en los códigos penales de diecisiete entidades federativas, y la esterilización forzada es la manifestación más común en dichos ordenamientos. Ante la comisión de este delito, las sanciones que se prevén de manera recurrente son la multa, la inhabilitación profesional y la privación de la libertad. Sin embargo, esta criminalización no ha provocado que este tipo de conductas disminuya.
Las leyes de derechos de niñas, niños y adolescentes de veintiséis entidades también hacen referencia al concepto de violencia obstétrica, pues expresamente señalan que está prohibida la esterilización forzada de niñas, niños y adolescentes, así como cualquier forma de violencia obstétrica.
En 2021, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) identificó que, de las mujeres de 15 a 49 años que tuvieron un parto o cesárea en México entre 2016 y 2021, el 33.4 por ciento experimentó maltrato en la atención obstétrica durante la cesárea y el 29.6 por ciento durante el parto. Del mismo modo, el 19.5 por ciento de las mujeres que tuvieron una cesárea vivió maltrato psicológico y/o físico, y al 23.7 por ciento se le realizó un tratamiento médico no autorizado. Asimismo, de las mujeres que tuvieron un parto, el 22 por ciento experimentó maltrato psicológico y/o físico, y al 16.9 por ciento se le practicó un tratamiento médico sin su autorización.
A pesar de la existencia de obligaciones internacionales, de legislación nacional, de planes y programas que aparentemente se han enfocado en garantizar y proteger el derecho a la salud reproductiva, así como de una serie de casos contenciosos presentados en diversas instancias nacionales e internacionales, la violencia obstétrica sigue siendo un problema estructural, tanto nacional como local, relacionado con la falta de respeto a la autonomía de las mujeres y a su derecho a la información. Por ello, se requiere una regulación y políticas públicas que efectivamente se cumplan para que cada mujer tenga la libertad de vivir un parto humanizado, tema sobre el cual escribiré en una entrega posterior.